9/13/2014

Conferencia sobre el nuevo Sistema E-Tax

El 3 de septiembre de 2014 asistimos a la conferencia organizada por la Asociación de Contadores Públicos Autorizados de Panamá (ACONTAP), dictada por funcionarios de la Autoridad Nacional de Impuestos de Panamá (ANIP).  La parte fundamental de dicha conferencia versó sobre las actualizaciones que se le están introduciendo al sistema E-Tax por parte de la ANIP.

Mi carrera profesional me ha permitido obtener una especialización en impuestos y en la preparación de declaraciones personales y comerciales de impuestos en los Estados Unidos de América; por tanto reconozco que este sistema de E-Tax pretende abarcar áreas novedosas en la administración tributaria como las que se aplican en el Internal Revenue Service (IRS) de los Estados Unidos de América.

Aunque no hemos tenido la oportunidad de estudiar profundamente este sistema, ya que, un manual de procedimientos no ha sido distribuido por la ANIP, de las explicaciones dadas por sus funcionarios durante esta conferencia encontramos algunas situaciones puntuales que han captado mayormente nuestra atención y queremos compartir con ustedes. Ellas son:

1.  el sistema le permitirá a los bancos establecidos en Panamá, sin previa autorización del contribuyente, acceso a cierta información tributaria personal como parte de su proceso de evaluación crediticia. 

Legalmente la información tributaria de todo contribuyente es privilegiada y confidencial.  Esta información no debe ser compartida con terceros salvo que medie orden judicial o sea expresamente autorizada por el contribuyente bajo los parámetros indicados en la ley.

2.  el sistema permite la diligencia de representación por medio de la cual un contribuyente autoriza  a un tercero para que lo represente y/o perfeccione algún procedimiento o trámite ante al ANIP.

Dado que este sistema de E-Tax no cuenta con el proceso de la firma electrónica, la acción de representación no es debidamente validada por la ANIP y esto representa un riesgo jurídico tanto para el representado como para el representante; ya que, no existe ningún documento físico que refrende las firmas de las partes involucradas.

3.  el sistema cuenta con una opción para guardar los borradores de las declaraciones de impuestos.  Es decir, el contribuyente o el CPA a cargo de la preparación de este documento podrá almacenar el borrador y cambiarlo periódicamente hasta que decida enviar la versión final.

Si aplicamos las normas de procedimientos en las tareas de campo del CPA, el profesional deberá preparar el borrador de la declaración y el informe, procediendo a archivarlo en su equipo y tecnología profesional.  No es aceptable que el CPA archive borradores de información confidencial en plataformas tecnológicas de terceros, en este caso de la ANIP.

Por otra parte se presenta la posibilidad que al archivarse estos borradores en la base de datos de la ANIP, los distintos cambios que se le puedan haber introducido a un borrador original, sirvieran como indicadores de alerta para la ANIP?

Esta pregunta no fue contestada por los funcionarios de la ANIP.

Bajo esquemas prácticos de la responsabilidad de un CPA con la información de un cliente, consideramos que la opción para archivar el borrador de la declaración no tiene ninguna ventaja para el contribuyente.